Un proyecto de Ley para la regulación del uso de agroquímicos, modificando la legislación vigente fue presentado por el diputado de la provincia de Santa Fe Carlos del Frade.
En el mismo propone prohibir todo tipo de fumigaciones aéreas de plaguicidas en todo el territorio provincial y alejar a 1500 metros las fumigaciones terrestres de las plantas urbanas de pueblos y ciudades y de 2.000 metros en áreas de escuelas rurales.
«En función de la aplicación del principio precautorio creemos que se deben regular las aplicaciones de agroquímicos para garantizar el derecho a la salud y a un ambiente saludable de las poblaciones sujetas a fumigación sistemáticas como consecuencia de la explotación del actual modelo de producción agraria, sustentada en la siembra directa-semillas transgénicas- utilización de crecientes cantidades de plaguicidas» manifiesta Del Frade al solicitar el apoyo de sus pares.
Prosigue: «Es por ello que creemos que, considerando la magnitud de la utilización de agroquímicos en la Provincia de Santa Fe y la fragilidad de la salud que se detecta en la población de los pueblos fumigados, es fundamental prohibir todo tipo de fumigaciones aéreas de plaguicidas en todo el territorio provincial».
«Así mismo, las fumigaciones terrestres deben alejarse de las plantas urbanas de pueblos y ciudades; ya que, si bien su deriva es menor, esta alcanza el interior de los barrios colindantes con los sembradíos. Por lo tanto, es esencial que exista una zona de exclusión libre de agroquímicos no menor a 1.500 metros del límite externo de las plantas urbanas de pueblos y ciudades y de 2.000 metros en áreas de escuelas rurales».
«En consecuencia, también es exigible prohibir la venta libre de estos productos agroquímicos nocivos para la salud y el ambiente ya que es costumbre de los muchos ciudadanos utilizarlos de forma habitual para la aplicación doméstica, careciendo de la protección adecuada para la manipulación de estas sustancias, y de la información pertinente sobre su toxicidad y su implicancia en la salud, potenciando así el riesgo ya que estas aplicaciones son imposibles de ser controladas».
Así mismo el diputado Carlos del Frade señala que promediando la década de 1990 se utilizaban alrededor de 30 millones de litros de agroquímicos por campaña. A principio de los 2000 se consumían bastante más de 100 millones. En la actualidad se pulverizan cerca de 600 millones de litros de herbicidas, insecticidas, acaricidas, desfoliantes y demás venenos.
Según un informe de Casafe (Cámara de Sanidad Vegetal y Fertilizantes) en el año 2012 en la Argentina, el 64,26% de los pesticidas facturados fueron los herbicidas, y de ellos el glifosato tuvo un aumento del 24% en formulaciones sobre todo más concentradas.
Extensos párrafos dedica para citar documentos de sociedades científicas para certificar el carácter contaminante de los agroquímicos y las fuertes implicancias que tienen sobre la salud humana, señalando que la Organización Mundial de la Salud (OMS), a través de la Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer (IARC es su sigla en inglés) evaluó la carcinogenicidad del glifosato, entre otros insecticidas y en marzo de 2015 lo reclasificó como «probablemente cancerígenos para los seres humanos».
Así mismo da cuenta de la jurisprudencia judicial que existe en la materia como en las causas Speedagro /Comuna de Arequito; Peralta y otros c/Municipalidad de San Jorge, Bassi Norberto Oscar y otros c/Comuna de Zenón Pereyra y otros; «González, Sonia María y otros c/ Municipalidad de Sastre y Ortiz, además de los antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que resuelven a favor de la protección de la salud humana y de los recursos naturales.
En las consideraciones manifiesta que la propuesta de prohibir las fumigaciones aéreas responde a varias razones. Su volatilidad extrema la convierte en altamente peligrosa y muestra la decisión del Parlamento Europeo que directamente recomienda su prohibición, como así también en Colombia y cita la postura de la Provincia de San Luis, que sancionó la «Ley de Distancias Mínimas para aplicación de Glifosato, Herbicidas Equiparables y/o Agroquímicos en todo Tipo de Cultivos Productivos» en el que se puso como distancia mínima para las aplicaciones de pesticidas 1.500 metros «del límite de los centros urbanos o desde la última línea de edificación de centros poblados o espacios públicos definidos por los municipios» (ley IX958- 2016).
Concluye el diputado y periodista Carlos del Frade recordando al máximo representante de la «Ciencia Digna», el científico Andrés Carrasco, que de manera clara y contundente expresaba: «No existe razón de Estado ni intereses económicos de las corporaciones que justifiquen el silencio, cuando se trata de la salud pública».









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